Ya sea por un error de forma, o por no haber respetado el reparto de las legítimas, existe la posibilidad de que un testamento sea impugnado ante el proceso de aceptación de una herencia. Es por ello que en TRICES CONSULTORES le traemos la información que necesita saber sobre la impugnación de un testamento.
La impugnación de un testamento.
A pesar de que nuestro ordenamiento jurídico prevé la libertad de testar, en caso de no cumplirse la forma del testamento o respetar la legislación vigente en relación al mismo, un testamento puede ser impugnado, permitiendo el cambio en las disposiciones que el testador dejó en sus últimas voluntades.
Mediante esta figura, cualquier heredero puede hacer valer sus derechos sucesorios en caso de haber sido excluido, pudiendo promoverse igualmente la impugnación en aquellos casos en los que un testamento deba ser anulado.
Las normas para la impugnación de un testamento vienen previstas en el artículo 675 del Código Civil, sin embargo, la ley también pone una herramienta a disposición del testador, mediante la cual este puede establecer en el propio testamento que quien impugne el testamento no reciba más que lo que su legítima estricta determine.
Cómo impugnar un testamento.
En todo caso, el testamento se deberá impugnar mediante demanda judicial, existiendo un plazo de 15 años desde el fallecimiento o la recepción del testamento para la impugnación del mismo.
Dada la complejidad de las testamentarías y para un mejor cumplimiento de la legalidad vigente, desde TRICES CONSULTORES le recomendamos que antes de iniciar cualquier trámite acuda a un especialista en derecho de sucesiones. Realice estos trámites desde el inicio acompañado de un profesional que le acompañará a lo largo de todo el procedimiento.
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