¿Está por caducar o vencer su tarjeta identidad de extranjero (TIE)?
Debe tener presente que, una vez solicitada y concedida la Autorización de Residencia, es muy importante, NO OLVIDAR LOS PLAZOS para la renovación de la tarjeta o TIE y su continuidad que la norma le concede, según el régimen en el que se encuentres, por tanto, en principio, no será necesario esperar a la fecha de vencimiento de la misma y estos PLAZOS serán:
RÉGIMEN GENERAL
RENOVACIONES DE AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA Y PROPIA
DURANTE LOS 60 DAS NATURALES PREVIOS A LA FINALIZACIÓN DE LA VALIDEZ DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO. También se puede solicitar dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.
La solicitud de renovación presentada en plazo prorroga la validez de la autorización a efectos laborales y de Seguridad Social hasta la resolución del procedimiento.
SOLICITUD RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN
Durante los 60 días naturales previos a la finalización de la validez de la autorización de residencia o residencia y trabajo. También se puede solicitar dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.
RÉGIMEN COMUNITARIO
SOLICITUD DE TARJETA DE RESIDENCIA PERMANENTE:
La solicitud deberá presentarse en el modelo oficial establecido al efecto, durante el mes anterior a la caducidad de la tarjeta de residencia, pudiendo también presentarse dentro de los tres meses posteriores a dicha fecha de caducidad sin perjuicio de la sanción administrativa que corresponda. Dicha tarjeta será renovable automáticamente cada diez años.
Puede disponer de los servicios prestados por TRICES CONSULTORES, SL, en relación a Extranjería o Nacionalidad requeridos desde cualquier punto del territorio nacional, o cualquiera de las Islas Canarias, o desde San Miguel de Abona para instar su Renovación de Autorización de Residencia.
En TRICES CONSULTORES, SL, recomendamos antes de iniciar cualquier trámite, contar con una asesoría profesional que realice un acompañamiento que le brinde asistencia en todo momento del procedimiento.
Para cualquier consulta no dude en contactar con nosotros:
Teléfono: 922257705.
Correo electrónico: extranjeria@tricesconsultores.com.
FUENTE:
https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos
NORMATIVA APLICABLE:
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- Real Decreto 557/2011 de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
- Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.